Adecua plantas y escalafones de la comision nacional;de riego al articulo 5° de la ley n° 18.834, sobre;estatuto administrativo Artículo UNICO Chile
Adecua plantas y escalafones de la comision nacional;de riego al articulo 5° de la ley n° 18.834, sobre;estatuto administrativo
Artículo UNICO.
Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Comisión Nacional de Riego a lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 18.834, en la forma que a continuación se indica: ______________________________________________________
SITUACION ACTUAL ______________________________________________________ Escalafón Cargos D.F.L.90/77(H) ______________________________________________________ Jefe Superior de Servicio Secretario Ejecutivo
Directivos Superiores Director Ejecutivo II 3° 1
Directivos Superiores Asesor Jurídico III 4° 1
Directivos Superiores Jefe de Proyectos III 4° 3 Jefatura B Jefe Administrativo II 13° 1
___
Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Técnico Universitario Técnico Universit. I 10° 1
Técnico Universitario Técnico Universit. I 14° 1
____
10
Oficial Administrativo Oficial Administr. II 16° 2
___
Choferes Chofer Choferes Chofer Auxiliar Auxiliar Auxiliar Auxiliar Auxiliar Auxiliar
___
______________________________________________________ PLANTA ADECUADA A LA LEY N° 18.834. ______________________________________________________ Planta/Cargos Grado N° de
E.U.S. Cargos ______________________________________________________ Secretario Ejecutivo 2° DIRECTIVOS Jefe de Departamento 3° Jefe Departamento Jurídico 4° Jefes de Departamento 4° Jefes de Sección 13°
___
6
PROFESIONALES Profesionales 5° Profesionales 6° Profesional 10° Profesional 14°
____
10
ADMINISTRATIVOS Administrativos 16°
---
2
AUXILIARES Auxiliar 23° Auxiliares 25° Auxiliares 26° Auxiliar 27°
___
6
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: Planta de Directivos Jefe de Sección Título de Técnico de una carrera con currículum inferior a seis semestres, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Planta de Profesionales Profesionales grados 5 y 6: a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o b) Título profesional de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta. Profesionales grado 10 y 14: a) Título profesional de técnico universitario con carrera de 6 semestres a lo menos. Planta de Administrativos a) Licencia de educación media o equivalente, curso de secretariado de 200 horas. Experiencia: 2 años y 6 meses. Planta de Auxiliares Haber aprobado la educación básica; además, el cargo de auxiliar grado 23 y un cargo de auxiliar grado 25, requerirán estar en posesión de licencia para conducir clase A.
Chile Art. UNICO Adecua plantas y escalafones de la comision nacional;de riego al articulo 5° de la ley n° 18.834, sobre;estatuto administrativo
Mejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Abogado Manuel Palma
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?
Gracias de antemano por su respuesta.
Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.
De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.
De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
Email: [email protected]
Sitio web: www.palmaabogados.cl
WhatsApp: 56978732483
Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
Email: [email protected]
Sitio web: www.palmaabogados.cl
WhatsApp: 56978732483
¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?
Leer de nuevo
Ley sobre organizacion y atribuciones de los juzgados de policia local Artículo 66. Modifica articulo 6° de la ley n° 18.502, autoriza importacion de vehiculos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros Artículo 7. Dicta nuevas normas sobre letra de cambio y pagare y deroga disposiciones del codigo de comercio Artículo 107.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios