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Crea juzgados laborales y juzgados de cobranza laboral y previsional en las comunas que indica Artículo 5 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Crea juzgados laborales y juzgados de cobranza laboral y previsional en las comunas que indica
Artículo 5.

El personal de empleados de los Juzgados de Letras del Trabajo que se crean por esta ley, tendrán los grados de la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Personal del Poder Judicial, que a continuación se indican:

1) Jefe de Unidad de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado IX del Escalafón Superior del Poder Judicial.

2) Jefe de Unidad de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado X del Escalafón Superior del Poder Judicial.

3) Administrativo Jefe de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado XI del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

4) Administrativo Jefe de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado XII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

5) Administrativo 1° de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado XII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

6) Administrativo 1° de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado XIII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

7) Administrativo 2° de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado XIII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

8) Administrativo 2° de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado XIV del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

9) Administrativo 3° de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado XIV del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

10) Administrativo 3° de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado XV del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

11) Ayudante de servicios de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado XVI del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

12) Ayudante de servicios de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado XVII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

13) Auxiliar de Juzgado de Letras del Trabajo de asiento de Corte, grado XVII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.

14) Auxiliar de Juzgado de Letras del Trabajo de capital de provincia, grado XVIII del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.



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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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