Establece el marco legal para la constitucion y operacion de entidades privadas de deposito y custodia de valores Artículo 43 Chile
Establece el marco legal para la constitucion y operacion de entidades privadas de deposito y custodia de valores
Artículo 43.
Dictada la resolución de liquidación, el liquidador provisional continuará las actividades económicas del deudor mientras la junta de acreedores no designe otro administrador. Esta continuación de actividades económicas no se prolongará más allá de un año contado desde la fecha de la resolución de liquidación, a menos que la junta de acreedores lo acuerde con quórum especial de acuerdo a lo señalado en la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas.
Antes de vencido dicho año, sólo con autorización del tribunal que conoce del procedimiento concursal de liquidación podrá ponerse término a la continuación definitiva de las actividades económicas o excluirse de ésta bienes del activo de la liquidación.
Las obligaciones contraídas por el administrador de la continuación de las actividades económicas durante ese primer año sólo podrán hacerse efectivas sobre los bienes comprendidos en dicha continuación y gozarán de la preferencia que establece el artículo 239 de la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas.
Chile Art. 43 Establece el marco legal para la constitucion y operacion de entidades privadas de deposito y custodia de valores
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Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.
De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.
De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.
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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?
El artículo 1215 del Código Civil chileno establece que un nuevo testamento revoca al anterior pero permite que subsistan las disposiciones compatibles. La posibilidad de que un testamento posterior no revoque totalmente el anterior, sino que permita la coexistencia de disposiciones compatibles, otorga flexibilidad y respeta las últimas voluntades del testador. Andrés Bello propuso un inciso adicional para aclarar la distribución de cuotas en caso de testamentos múltiples, pero finalmente decidió no incluirlo en el texto definitivo del Código, posiblemente para evitar complejidades en la interpretación y ejecución de los testamentos.
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