Establece sistema de salud de las fuerzas armadas Chile
Establece sistema de salud de las fuerzas armadas
- TITULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Establécese un Sistema de Salud sujeto a las normas de la Ley N° 18.948,...
- Artículo 2. El Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas asegura a sus beneficiarios el...
- Artículo 3. El Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas es por esencia único y uniforme...
- Artículo 4. Los Servicios de Sanidad de las Fuerzas Armadas, organizados en conformidad...
- Artículo 5. Los establecimientos e instalaciones sanitarias de las Fuerzas Armadas no...
- Artículo 6. El valor de las prestaciones que otorgue el Sistema de Salud de las Fuerzas...
- TITULO I
De los Beneficiarios - Artículo 7. Serán beneficiarios del Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas: a) El...
- Artículo 8. La incorporación al Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas será automática,...
- Artículo 9. La calidad de beneficiario se acreditará mediante el procedimiento común de...
- Artículo 10. Tendrán derecho a asistencia médica, de cargo fiscal, en los...
- Artículo 11. La mujer embarazada beneficiaria del Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas...
- Artículo 12. Podrán acceder a la asistencia médica en los establecimientos e...
- Artículo 13. Las disposiciones de esta ley serán aplicables al personal de las...
- Artículo 14. Los demás imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y sus...
- Artículo 15. Los imponentes que ejerzan el derecho a que se refiere el artículo anterior...
- TITULO II
De las Prestaciones
Párrafo 1°
De la Medicina Curativa - Artículo 16. Las prestaciones de medicina curativa serán las siguientes: a) Atención...
- Artículo 17. Las prestaciones de medicina curativa se otorgarán preferentemente en los...
- Artículo 18. El régimen de prestaciones de medicina curativa será aplicable a los...
- Párrafo 2°
De la Medicina Preventiva - Artículo 19. Para los efectos de esta ley, la medicina preventiva es aquella que tiene...
- Artículo 20. La medicina preventiva comprenderá los exámenes para pesquisar toda...
- Artículo 21. La medicina preventiva dará derecho al personal a toda acción necesaria para...
- Artículo 22. El personal acogido a reposo preventivo no podrá desempeñar ninguna otra...
- Artículo 23. El personal acogido a reposo preventivo seguirá percibiendo el total de sus...
- Artículo 24. El reposo preventivo durará el tiempo que determine la Comisión de Medicina...
- Artículo 25. Las prestaciones de medicina preventiva se otorgarán en los establecimientos...
- Artículo 26. Para dar cumplimiento a las prestaciones de salud que establece este Título,...
- TITULO III
Del financiamiento del sistema - Artículo 27. El Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas se financiará con los recursos...
- Artículo 28. Para concurrir a los gastos que demanden las prestaciones de medicina...
- Artículo 29. El porcentaje de bonificación con que el Fondo contribuirá al pago de las...
- Artículo 30. Para financiar los gastos que demanden las acciones, prestaciones y...
- Artículo 31. La autoridad administradora del Fondo de Medicina Preventiva podrá, con...
- Artículo 32. Las Instituciones de las Fuerzas Armadas recaudarán separadamente los...
- Artículo 33. La autoridad administradora de los respectivos Fondos de Salud tendrá las...
- Artículo 34. Los saldos financieros que mantengan los diferentes Fondos de Salud podrán...
- TITULO IV
Disposiciones varias - Artículo 35. El personal retirado con derecho a pensión que permanezca o se incorpore al...
- Artículo 36. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 12.856, que creó...
- Artículo 37. No será aplicable al personal afecto al Sistema de Salud de las Fuerzas...
- Artículo 38. Los beneficiarios del Fondo de Salud de la Caja de Previsión de la Defensa...
- Artículo 39. El que dolosamente obtuviere para sí o para terceras personas alguna...
- Artículo 40. No obstante lo dispuesto en el inciso primero del artículo 36 de la ley...
- Artículo 41. Los imponentes que ejercieren la opción a que se refiere el artículo...
- Artículo 42. Quienes hayan optado por incorporarse al régimen de salud de la ley N°...
- Artículo 43. Corresponderá al Ministro de Defensa Nacional, asesorado por el Comité de...
- Artículo 44. A fin de compensar la mayor cotización que significa la aplicación de esta...
Otras regulaciones
Crea un sistema de reinsercion social de los condenados sobre la base de la observacion de buena conducta Prohíbe a los establecimientos educacionales particulares subvencionados, y particulares pagados, negar la matrícula para el año 2021 a estudiantes que presentan deuda, en el contexto de la crisis económica producto de la pandemia por covid-19, y otras medidas que indica Otorga incentivo por retiro voluntario a los funcionarios del poder judicial Ley organica constitucional de los estados de excepcion Fija planta de personal de la superintendencia de educación y regula materias señaladas en los artículos tercero, quinto y sexto transitorios de la ley n° 20.529Mejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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