ley sobre impuesto territorial Chile
ley sobre impuesto territorial
- TITULO I Del Objeto del Impuesto
- Artículo 1. Establécese un impuesto a los bienes raíces, que se aplicará sobre el avalúo...
- TITULO II
- Artículo 2. Estarán exentos de todo o parte de los impuestos establecidos en la presente...
- TITULO III
De la Tasación de los Bienes Raíces - Artículo 3. El Servicio de Impuestos Internos deberá reavaluar, cada 4 años, los bienes...
- Artículo 4. El Servicio de Impuestos Internos impartirá las instrucciones técnicas y...
- Artículo 5. Terminada la tasación referente a una comuna, el Servicio de Impuestos...
- Artículo 6. Dentro de los diez días siguientes a la recepción del rol a que se refiere...
- TITULO IV
De la Tasa del Impuesto - Artículo 7. Las tasas del impuesto a que se refiere esta ley, serán las siguientes: a)...
- Artículo 7 bis. bis. Sobretasa de impuesto territorial. Establécese una sobretasa anual del...
- Artículo 8. Los bienes raíces no agrícolas afectos a impuesto territorial, ubicados en...
- TITULO V
De los Roles de Avalúos y de Contribuciones
Párrafo 1º De los reajustes semestrales - Artículo 9. Los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas y los montos...
- Párrafo 2º De las modificaciones de avalúos y de otros factores
- Artículo 10. Los avalúos o contribuciones de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas...
- Artículo 11. Los avalúos de los bienes raíces agrícolas serán modificados por el Servicio...
- Artículo 12. Los avalúos de los bienes raíces no agrícolas serán modificados por el...
- Artículo 13. Las modificaciones de avalúos o de contribuciones regirán desde el 1º de...
- Artículo 14. Los predios omitidos en los roles de avalúos o contribuciones serán...
- Artículo 15. Tratándose de nuevas obras, se entenderá que el hecho que causa la...
- Artículo 16. Los roles definitivos de los avalúos de los bienes raíces del país, deberán...
- Artículo 17. Los contribuyentes que se consideren perjudicados por las modificaciones...
- Párrafo 3º
De los Roles de Contribuciones - Artículo 18. Sobre la base de los avalúos vigentes para cada semestre, consideradas las...
- Artículo 19. El Servicio de Impuestos Internos hará efectivas las variaciones que se...
- Artículo 20. Las exenciones de contribuciones tendrán efecto desde el 1° de enero...
- Artículo 21. El Servicio de Impuestos Internos remitirá a cada municipalidad los roles...
- Artículo 22. El impuesto territorial anual será pagado en cada año en cuatro cuotas en...
- Artículo 23. Los impuestos incluidos en los roles suplementarios y de reemplazos a que se...
- Artículo 24. En la provincia de Aysén el pago se hará por semestres en los meses de...
- TITULO VI
De los obligados al pago del impuesto - Artículo 25. El impuesto a los bienes raíces será pagado por el dueño o por el ocupante...
- Artículo 26. Cuando una propiedad raíz pertenezca a dos o más dueños en común, cada uno...
- Artículo 27. El concesionario u ocupante por cualquier título, de bienes raíces fiscales,...
- TITULO VII
Disposiciones varias - Artículo 28. Los contribuyentes y las personas tenedoras de predios estarán obligados a...
- Artículo 29. El Servicio de Impuestos Internos tendrá a su cargo la aplicación de la...
Otras regulaciones
Establece una jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores Establece el día 19 de marzo, como el día del maestro obrero constructor Crea la xvi región de Ñuble y las provincias de Diguillín, Punilla e Itata Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público Ley sobre sociedades anonimasMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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