Moderniza la carrera funcionaria en gendarmería de chile Chile
Moderniza la carrera funcionaria en gendarmería de chile
- Artículo 1. Establécese una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios...
- Artículo 2. Establécese una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios...
- Artículo 3. Podrán acceder a la bonificación establecida en los artículos precedentes...
- Artículo 4. Los funcionarios a que se refieren los artículos 1 y 2 podrán postular a la...
- Artículo 5. En caso de haber un mayor número de postulantes que cumplan los requisitos...
- Artículo 6. Perderán la bonificación a que se refieren los artículos precedentes, los...
- Artículo 7. En el caso de no existir suficientes postulantes que cumplan con los...
- Artículo 8. Gendarmería de Chile deberá notificar a los funcionarios correspondientes la...
- Artículo 9. Si el personal beneficiario de la bonificación por retiro contemplada en los...
- Artículo 10. La bonificación a que se refieren los artículos 1 y 2 será incompatible con...
- Artículo 11. Los funcionarios que perciban la bonificación por retiro establecida en los...
- Artículo 12. Si un funcionario fallece entre la fecha de su postulación para acceder a la...
- Artículo 13. Modifícase el decreto con fuerza de ley N°1, de 2010, del Ministerio de...
- Artículo 14. Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de...
- Artículo 15. Introdúcense en la ley N° 19.998 las siguientes modificaciones: a)...
- Artículo 16. Introdúcense en el decreto ley N° 2.859, de 1979, del Ministerio de...
- Artículo 17. Incorpórase en el artículo 6 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2010,...
Otras regulaciones
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lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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Código Procesal Penal Artículo 326. Código del Trabajo Artículo 80. Concede nacionalidad chilena, por especial gracia, al sacerdote edelino bertocco gasparella Código de Justicia Militar Artículo 304. Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidasPublique la información de sí mismo
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