Imprimir

Sobre seguridad privada Artículo 44 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Sobre seguridad privada
Artículo 44.

Las empresas de seguridad electrónica cuyos aparatos, dispositivos, sistemas de seguridad o de alarmas se encuentren conectados a una central de Carabineros de Chile deberán verificar, cada vez que se produzca una activación, si éstas constituyen efectivamente una emergencia. Los medios de verificación serán establecidos en el reglamento de esta ley. Asimismo, las empresas de seguridad electrónica deberán establecer la forma adecuada de uso de estos dispositivos en cada contrato suscrito con sus usuarios.

Si la activación se produce por un hecho que no constituye una emergencia, será responsable la empresa de seguridad electrónica que transmita la activación de una señal de alarma sin verificarla a través de los medios establecidos en el reglamento, y siempre que de ello se derive un procedimiento policial inoficioso.

Este incumplimiento constituirá infracción leve y la aplicación de la sanción respectiva será de competencia del juzgado de policía local que corresponda al domicilio del infractor, previa denuncia de Carabineros de Chile, de conformidad al procedimiento establecido en el párrafo 3 del Título VI.



Chile Art. 44 Sobre seguridad privada
Artículo 1 ...42 43 44 45 46 ...119

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


El artículo 1215 del Código Civil chileno establece que un nuevo testamento revoca al anterior pero permite que subsistan las disposiciones compatibles. La posibilidad de que un testamento posterior no revoque totalmente el anterior, sino que permita la coexistencia de disposiciones compatibles, otorga flexibilidad y respeta las últimas voluntades del testador. Andrés Bello propuso un inciso adicional para aclarar la distribución de cuotas en caso de testamentos múltiples, pero finalmente decidió no incluirlo en el texto definitivo del Código, posiblemente para evitar complejidades en la interpretación y ejecución de los testamentos.



Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse