Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género Chile
Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género
- TÍTULO I
DEL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO - Artículo 1. DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO Y LA RECTIFICACIÓN DE SEXO Y NOMBRE REGISTRAL
- Artículo 2. OBJETO DE LA LEY
- Artículo 3. GARANTÍA ESPECÍFICA DERIVADA DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO
- Artículo 4. GARANTÍAS ASOCIADAS AL GOCE Y EJERCICIO DEL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO
- Artículo 5. PRINCIPIOS RELATIVOS AL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO
- TÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE RECTIFICACIÓN DE SEXO Y NOMBRE REGISTRAL - Artículo 6. REQUISITOS GENERALES DE TODA SOLICITUD
- Artículo 7. SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN EFECTUADA POR EXTRANJEROS
- Artículo 8. DE LA RESERVA DE LOS PROCEDIMIENTOS Y DE LA INFORMACIÓN VINCULADA A ELLOS
- TÍTULO III
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RECTIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN RELATIVA AL SEXO Y NOMBRE SOLICITADA POR PERSONA MAYOR DE EDAD SIN VÍNCULO MATRIMONIAL VIGENTE - Artículo 9. DE LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO
- Artículo 10. DEL ÓRGANO COMPETENTE Y DE LA SOLICITUD
- Artículo 11. TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN
- TÍTULO IV
DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES DE RECTIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN RELATIVA AL SEXO Y NOMBRE
Párrafo 1°
De la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento de las personas mayores de catorce y menores de dieciocho años de edad - Artículo 12. DE LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE LAS PERSONAS MAYORES DE CATORCE Y MENORES DE DIECIOCHO AÑOS
- Artículo 13. DEL TRIBUNAL COMPETENTE Y SUPLETORIEDAD
- Artículo 14. LEGITIMACIÓN ACTIVA
- Artículo 15. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
- Artículo 16. AUDIENCIA PRELIMINAR
- Artículo 17. AUDIENCIA PREPARATORIA Y DE JUICIO
- Párrafo 2°
De la solicitud de rectificación de las personas con vínculo matrimonial vigente - Artículo 18. DEL TRIBUNAL COMPETENTE
- Artículo 19. DE LA TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD
- TÍTULO V
DE LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, DE LOS NUEVOS DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN Y DE LOS EFECTOS DE LA RECTIFICACIÓN - Artículo 20. DE LA EMISIÓN DE NUEVOS DOCUMENTOS Y DILIGENCIAS POSTERIORES
- Artículo 21. DE LOS EFECTOS DE LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO
- Artículo 22. DE LOS EFECTOS DE LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA RESPECTO DE TERCEROS
- TÍTULO VI
OTRAS DISPOSICIONES - Artículo 23. PROGRAMAS DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL
- Artículo 24. USO MALICIOSO DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD
- Artículo 25. PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA
- Artículo 26. MATERIAS DE REGLAMENTO
- TÍTULO VII
ADECUACIÓN DE DIVERSOS CUERPOS LEGALES - Artículo 27. Modifícase el artículo 42 de la Ley de Matrimonio Civil, contenida en el...
- Artículo 28. Agrégase, en el artículo 1792-27 del Código Civil, el siguiente número 7):...
- Artículo 29. Sustitúyese en el inciso primero del artículo 2° de la ley N° 20.609, que...
Otras regulaciones
Regula el proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas y crea el sistema interconectado para estos efectos Otorga una asignación extraordinaria, por única vez, para los funcionarios públicos de menores remuneraciones de la región de atacama, que cumplan las condiciones que se indican Establece sistema de atencion a la niñez y adolescencia a traves de la red de colaboradores del sename, y su regimen de subvencion Faculta a las municipalidades para desarrollar programas de construccion de viviendas y de infraestructuras sanitarias Regulariza beneficios de estudiantes, sostenedores y trabajadores de la educación que indica y otras disposicionesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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Código del Trabajo Artículo 152 BIS L. Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores Artículo 72. Ley que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican Artículo 88 A. Ley de presupuestos del sector público para el año 2018 Ley que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican Artículo 76.Publique la información de sí mismo
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