Regula el proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas y crea el sistema interconectado para estos efectos Chile
Regula el proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas y crea el sistema interconectado para estos efectos
- Artículo 1. Definición de Persona Desaparecida
- Artículo 2. Principios orientadores de esta ley
- Artículo 3. Sistema Informático Interconectado de Búsqueda de Personas Desaparecidas
- Artículo 4. Obligatoriedad de recepción de denuncia
- Artículo 5. Protocolo Interinstitucional
- Artículo 6. Técnicas de investigación y búsqueda para denuncias por desaparición
- Artículo 7. Aparición con vida de la persona desaparecida
- Artículo 8. Aparición con vida de un niño, niña o adolescente, o de una persona legalmente incapaz o que sufra graves alteraciones o insuficiencias graves de sus facultades mentales, denunciada como persona desaparecida
- Artículo 9. Deber del denunciante
- Artículo 10. Del perfil de ADN
- Artículo 11. Tratamiento de los datos personales
- Artículo 12. De las sanciones
- Artículo 13. Información a los familiares de la persona desaparecida
- Artículo 14. Reglamento
Otras regulaciones
Flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley nº 19.728, con motivo de la pandemia originada por el covid-19, y perfecciona los beneficios de la ley nº 21.227 Dicta nuevas normas sobre letra de cambio y pagare y deroga disposiciones del codigo de comercio Ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente Concede la nacionalidad por gracia al diácono guido goossens roellMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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