Autoriza la actividad empresarial del estado en materia de administracion y explotacion de la zona franca de iquique Chile
Autoriza la actividad empresarial del estado en materia de administracion y explotacion de la zona franca de iquique
- Artículo 1. Autorízase al Estado para desarrollar actividades empresariales en materia...
- Artículo 2. De acuerdo con la autorización establecida en el artículo anterior, el...
- Artículo 3. La sociedad anónima que se ordena constituir por esta ley será continuadora...
- Artículo 4. En la constitución de la sociedad anónima corresponderá al Fisco una...
- Artículo 5. El Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido a través...
- Artículo 6. Todos los actos, contratos, publicaciones, inscripciones, subinscripciones y...
- Artículo 7. Las inscripciones, subinscripciones y anotaciones existentes a nombre de la...
- Artículo 8. La Junta de Administración y Vigilancia de la Zona Franca de Iquique, creada...
- Artículo 9. El personal de la Junta de Administración y Vigilancia de la Zona Franca de...
Artículo 10. DEROGADO.-
- Artículo 11. Una vez constituida la sociedad anónima a que se refiere esta ley, ésta...
- Artículo 12. El precio de la concesión cederá en un veinte por ciento en favor de la...
- Artículo 13. Facúltase a la Junta de Administración y Vigilancia de la Zona Franca de...
- Artículo 14. Deróganse, a contar de la fecha de disolución de la Junta de Administración...
Otras regulaciones
Declara el día 21 de marzo de cada año como el día nacional de conmemoración de las personas fallecidas producto de la pandemia de covid-19 Otorga bonificacion por egreso al personal de gendarmeria de chile que indica Establece sistema de salud de las fuerzas armadas Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género Establece asignaciones y bonificaciones que señala para el personal del sector saludMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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