Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el ministerio de relaciones exteriores Chile
Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el ministerio de relaciones exteriores
- TÍTULO I
DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Párrafo 1°
Misión y organización - Artículo 1. El Ministerio de Relaciones Exteriores (en adelante también el...
- Artículo 2. Al Ministerio de Relaciones Exteriores le corresponde, entre otras materias,...
- Artículo 3. El Ministerio contará con un Ministro de Relaciones Exteriores (en adelante...
- Artículo 4. El Ministro de Relaciones Exteriores será el colaborador directo e inmediato...
- Artículo 5. El Ministro de Relaciones Exteriores será subrogado por el Subsecretario de...
- Artículo 6. El Consejo de Política Exterior es un organismo consultivo, de carácter...
- Artículo 7. El Ministro de Relaciones Exteriores podrá constituir un comité conformado...
- Artículo 8. El Ministro de Relaciones Exteriores estará facultado para establecer,...
- Artículo 9. El Ministro de Relaciones Exteriores constituirá un comité asesor,...
- Artículo 10. El Ministro de Relaciones Exteriores constituirá un Consejo de Cooperación...
- Párrafo 2°
De la Subsecretaría de Relaciones Exteriores - Artículo 11. La Subsecretaría de Relaciones Exteriores es el órgano de colaboración...
- Artículo 12. Corresponderá a la Subsecretaría de Relaciones Exteriores las siguientes...
- Artículo 13. La Subsecretaría de Relaciones Exteriores estará a cargo de un Subsecretario...
- Artículo 14. El Subsecretario de Relaciones Exteriores tendrá todas aquellas funciones y...
- Artículo 15. En el marco del quehacer del Ministerio de Relaciones Exteriores,...
- Artículo 16. Al Director General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Relaciones...
- Párrafo 3°
De las misiones diplomáticas, representaciones permanentes ante organizaciones internacionales y representaciones consulares de Chile en el exterior dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores - Artículo 17. Las misiones diplomáticas, las representaciones permanentes ante...
- Artículo 18. Los jefes de las misiones diplomáticas dependen del Subsecretario de...
- Artículo 19. Los jefes de las misiones diplomáticas, de representaciones permanentes ante...
- Artículo 20. Los jefes de las misiones diplomáticas tendrán la supervigilancia de las...
- Artículo 21. Los jefes de las misiones diplomáticas, de representaciones permanentes ante...
- Artículo 22. A los jefes de misión y de representaciones permanentes ante organizaciones...
- Artículo 23. A los jefes de las representaciones consulares les corresponde: 1. Cumplir...
- Artículo 24. En las misiones diplomáticas, representaciones permanentes ante...
- Párrafo 4°
De los Coordinadores Regionales - Artículo 25. El Ministro de Relaciones Exteriores, previa comunicación al delegado...
- Párrafo 5°
De los Coordinadores Ministeriales - Artículo 26. El Ministro de Relaciones Exteriores, previo acuerdo con el Ministro o Jefe...
- Párrafo 6°
De la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales - Artículo 27. La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales es el órgano de...
- Artículo 28. Corresponderán a la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales...
- Artículo 29. La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales estará a cargo de...
- Artículo 30. El Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales tendrá todas...
- Párrafo 7°
Del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores - Artículo 31. El personal de planta y a contrata de la Secretaría y Administración General...
- Artículo 32. Cuando sea necesario que un funcionario de la Subsecretaría de Relaciones...
- Párrafo 8°
Disposiciones Generales - Artículo 33. A los contratos administrativos que el Ministerio de Relaciones Exteriores y...
- Artículo 34. Las subsecretarías del Ministerio de Relaciones Exteriores, con arreglo a lo...
- Artículo 35. Los órganos de la Administración del Estado, dentro del ámbito de sus...
- TÍTULO II
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES
Párrafo 1°
De la naturaleza jurídica, objeto y funciones - Artículo 36. Créase la Dirección General de Promoción de Exportaciones, servicio público...
- Artículo 37. Corresponderán a la Dirección General de Promoción de Exportaciones, sin...
- Párrafo 2°
De la organización - Artículo 38. En conformidad con lo establecido en la Ley de Bases Generales de la...
- Artículo 39. Un Director General será el jefe superior del Servicio y su representante...
- Artículo 40. Al Director General de Promoción de Exportaciones le corresponderán,...
- Párrafo 3°
De las Oficinas Comerciales en el exterior - Artículo 41. A propuesta del Director General de Promoción de Exportaciones al...
- Artículo 42. Las oficinas comerciales en el exterior estarán a cargo de un agregado...
- Párrafo 4°
De las Direcciones Regionales - Artículo 43. Las direcciones regionales estarán a cargo de un director regional,...
- Párrafo 5°
Del Personal - Artículo 44. El personal de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, de planta...
- Artículo 45. El personal a contrata de la Dirección General de Promoción de Exportaciones...
- Párrafo 6°
Disposiciones Generales - Artículo 46. Para el cumplimiento de sus fines, la Dirección General de Promoción de...
- Artículo 47. La Dirección General de Promoción de Exportaciones, con arreglo a lo...
- Artículo 48. Toda referencia que en cualquier norma jurídica nacional o internacional se...
- Artículo 49. La Dirección General de Promoción de Exportaciones podrá operar bajo la...
- TÍTULO III
DEL CONSEJO DE POLÍTICA ANTÁRTICA - Artículo 50. El Consejo de Política Antártica es el órgano interministerial que tiene por...
- Artículo 51. Corresponderá al Consejo de Política Antártica: 1. Proponer al Presidente...
- Artículo 52. El Consejo de Política Antártica estará integrado por: 1. El Ministro de...
- TÍTULO IV
MODIFICACIONES AL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - Artículo 53. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley Nº...
- Artículo 54. Los cargos de la Planta del Servicio Exterior que se indican a continuación,...
- Artículo 55. El Subsecretario de Relaciones Exteriores podrá determinar por resolución...
- TÍTULO V
MODIFICACIONES AL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 82, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE APRUEBA EL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO ANTÁRTICO CHILENO - Artículo 56. Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 82, de 1979, del Ministerio de...
- TÍTULO VI
MODIFICACIONES AL ESTATUTO ORGÁNICO Y DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE FRONTERAS Y LÍMITES DEL ESTADO - Artículo 57. Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 83, de 1979, del Ministerio de...
- TÍTULO VII
DE LA AGENCIA CHILENA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO - Artículo 58. Modifícase la ley N° 18.989, que crea el Ministerio de Planificación y...
- Artículo 59. Todas las menciones que el ordenamiento jurídico haga a la "Agencia de...
- TÍTULO VIII
MODIFICACIONES A LA LEY N° 19.999 - Artículo 60. Modifícase el artículo 2 de la ley N° 19.999, que establece normas relativas...
- TÍTULO IX
OTRAS NORMAS - Artículo 61. La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y la Dirección...
- Artículo 62. Sustitúyese el artículo 10 de la ley Nº 18.340, que fija el nuevo texto del...
- Artículo 63. Agréganse en el artículo 49° de la ley N° 16.618, de Menores, los siguientes...
- Artículo 64. Agrégase en la letra c) del artículo 162 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto...
- Artículo 65. Reemplázase en la letra c) del artículo 4 del decreto con fuerza de ley N°...
- Artículo 66. Derogado.
- Artículo 67. Derógase el decreto con fuerza de ley N° 161, de 1978, del Ministerio de...
- Artículo 68. Derógase el decreto con fuerza de ley N° 53, de 1979, del Ministerio de...
- Artículo 69. Modifícase el artículo único del decreto con fuerza de ley N° 75, de 1990,...
Otras regulaciones
Establece como feriado el día 10 de agosto de 2017 en la región de tarapacá, con motivo de la fiesta religiosa de san lorenzo Establece un estatuto de protección en favor del denunciante Declara feriado nacional el día 16 de septiembre del año 2022 Establece aporte de capital extraordinario para la corporación nacional del cobre de chile y la autoriza a contraer endeudamiento Sobre proteccion de la vida privadaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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Ley que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican Artículo 74. Ajusta normas del estatuto del personal de gendarmería de chile, en materias de requisitos de ingreso y de promoción de cargos en las plantas de oficiales penitenciarios y de suboficiales y gendarmes Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores Artículo 23. Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral Artículo 19. Ley organica del banco del estado de chile Artículo 26.Publique la información de sí mismo
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